Poder legislativo, ejecutivo y judicial en España
¿En qué consiste el sistema político español?
El sistema político que gobierna y administra España se aprobó en la Constitución española de 1978 ratificada por referéndum el 6 de diciembre de ese mismo año. Esta constitución define a España como un estado democrático, con una monarquía parlamentaria como forma de gobierno y una organización territorial descentralizada en torno a 17 Comunidades Autónomas.
El sistema político español se basa en una monarquía parlamentaria en la que el rey es la máxima autoridad del Estado, es decir, es el jefe de Estado; sin embargo no tiene ningún poder político, no gobierna. El poder político reside en el pueblo, es lo que se denomina soberanía nacional. La ciudadanía ejerce este poder político a través de sus representantes parlamentarios elegidos por sufragio universal. En otras palabras, cualquier persona mayor de edad tiene derecho al voto al margen de su condición económica o sexo.
El rey de España tiene una función meramente representativa y no ejerce ninguno de los tres poderes del Estado. No obstante, el rey es la más alta representación de la nación, garantía de unidad y permanencia que modera para mantener un funcionamiento apropiado de las instituciones estatales.
El actual rey de España es Felipe de Borbón y Grecia, que reina con el nombre de Felipe VI desde el 19 de junio de 2014 tras la abdicación de Juan Carlos I. Es un cargo vitalicio y hereditario, cuya sucesión recae en la princesa de Asturias, Leonor de Borbón y Ortiz.
Las instituciones del Estado español y sus poderes
Los poderes del Estado español recaen en tres instituciones distintas. Así queda recogido en el Constitución española de 1978, en la que se defiende la separación de poderes como garantía de igualdad, libertad jurídica y pluralismo político.
1. Las Cortes Generales se componen de dos cámaras, el Congreso de los Diputados y el Senado, y ejercen el poder legislativo, es decir, la creación de leyes: los diferentes grupos parlamentarios presentan sus propuestas de leyes que pueden ser aprobadas o no y derogan otras leyes antiguas.
2. El Gobierno está formado por el presidente del Gobierno, nombrado por el Congreso de los Diputados, quien a su vez elige la vicepresidencia y sus ministros. Bajo el Gobierno recae el poder ejecutivo, es decir, la aplicación de lo establecido en las leyes aprobadas por el poder legislativo.
3. Los tribunales de justicia ejercen el poder judicial, es decir, se encargan de juzgar el incumplimiento de la ley y resolver conflictos en función de la legislación vigente. Los tribunales de justicia están formados por jueces y magistrados y garantizan el cumplimiento de la ley tanto por el Estado como por sus ciudadanos. Entre sus principales instituciones, destacan:
El los poderes del Estado español recaen en tres instituciones distintas. Así queda recogido en el Constitución española de 1978, en la que se defiende la separación de poderes como garantía de igualdad, libertad jurídica y pluralismo político.
- Las Cortes Generales se componen de dos cámaras, el Congreso de los Diputados y el Senado, y ejercen el poder legislativo, es decir, la creación de leyes: los diferentes grupos parlamentarios presentan sus propuestas de leyes que pueden ser aprobadas o no y derogan otras leyes antiguas.
- El Gobierno está formado por el presidente del Gobierno, nombrado por el Congreso de los Diputados, quien a su vez elige la vicepresidencia y sus ministros. Bajo el Gobierno recae el poder ejecutivo, es decir, la aplicación de lo establecido en las leyes aprobadas por el poder legislativo.
- Los tribunales de justicia ejercen el poder judicial, es decir, se encargan de juzgar el incumplimiento de la ley y resolver conflictos en función de la legislación vigente. Los tribunales de justicia están formados por jueces y magistrados y garantizan el cumplimiento de la ley tanto por el Estado como por sus ciudadanos. Entre sus principales instituciones, destacan:
- El Tribunal Supremo, órgano jurisdiccional superior.
- El Tribunal Constitucional, órgano supremo en lo referente a la Constitución.